Nicaragua: Ley de Seguridad Militar deroga Ley de Protección del Ambiente y Territorios Indígenas

Gobierno Sandinista de Nicaragua aprueba Ley de Seguridad Militar y deroga Ley de Protección del Medio Ambiente y Territorios Indígenas

ANÁLISIS JURÍDICO-POLÍTICO: LEY NO. 1258 (5 agosto 2025) QUE DEROGA LA LEY NO. 749 (13 diciembre 2010)

  1. LOS HECHOS
  1. La Ley No. 1258 de Territorio Fronterizo, aprobada el 5 de agosto de 2025, deroga en su totalidad la Ley No. 749, Ley de Régimen Jurídico de Fronteras, que había sido aprobada el 13 de diciembre de 2010.
  2. La ley derogada (749) establecía un marco robusto de protección para el territorio fronterizo, incluyendo: a) Prohibición de concesiones que afectaran el medio ambiente; b) Resguardo de los derechos de pueblos indígenas y comunidades étnicas; 3) Control militar y ambiental sobre actividades extractivas: 4) Reconocimiento de áreas protegidas y bienes de dominio público; 5) Fomento del desarrollo sostenible y planificación participativa.
  3. En contraste, la nueva ley (1258) contiene solo dos artículos sustantivos y dos de formalidad, y se enfoca exclusivamente en delimitar una sola franja de 15 km desde la frontera convencional hacia el interior, como patrimonio estatal. 

NOTA: Los 15 Km ya estaban contemplados desde la Ley no 749 del 2010, que establecía tres franjas fronterizas. Ver Capitulo II, Arto. 6. Ley 749.

Sic:

1. “Zona de Desarrollo e Integración Fronteriza: es el área del territorio nacional, comprendida desde el límite fronterizo convencional y los quince kilómetros (15 Km) hacia el interior del territorio nacional, que por su ubicación geográfica o por su cercanía con un Estado vecino, requiere un tratamiento especial para protección del medio ambiente, la cultura y el desarrollo socioeconómico. Se incluyen las zonas de desarrollo de interés turístico que le corresponde crear al Instituto Nicaragüense de Turismo, las que deben ser aprobadas por el presidente de la República, en consulta con el Consejo Superior de la Empresa Privada.

2. Zona de Seguridad Fronteriza: es el área inalienable del Estado de Nicaragua, comprendida desde el límite fronterizo convencional y los cinco kilómetros (5 Km) hacia el interior del territorio nacional, y que de conformidad a esta Ley está sometida a un régimen especial.

3. Zona Especial de Protección Fronteriza: es el área del Estado de Nicaragua, comprendida desde el límite fronterizo convencional y los quince kilómetros (15 Km) hacia el interior del territorio nacional, en las que se encuentran indistintamente áreas protegidas, pueblos indígenas, comunidades étnicas y Afro-descendientes o instalaciones estratégicas para la seguridad y defensa del Estado de la República Nicaragua; y que están reguladas por regímenes especiales.

  • Al derogar la Ley 749 y sustituirlas por simplemente 2 artículos genéricos, se anulan todas as consideraciones colaterales al medio ambiente, derechos de alcaldías, de comunidades indígenas, etc. 

Por ejemplo, La ley 749 expresaba (sic.) en su “Art. 2. Finalidad. Consolidar la soberanía e integridad del territorio de la nación, la seguridad ciudadana, promover y facilitar el desarrollo fronterizo en lo cultural, social, económico y tecnológico de manera racional y sostenible en armonía con el medio ambiente, respetando los derechos de los pueblos indígenas, comunidades étnicas y Afro-descendientes”.

  • EL PRAGMATISMO SUBTERRÁNEO Y DEPREDADOR
  1. Aunque la nueva ley reafirma la franja fronteriza de 15 km, elimina las restricciones que impedían la entrega de concesiones privadas en esa zona. De paso deja en el limbo a miles de “guiriseros” o mineros artesanales que andan escarbando por allí. Esto permite al régimen literalmente, depredar los recursos naturales en esos territorios, sin ninguna consideración ambiental, ecológica o social ni consulta con las comunidades indígenas. 

El hecho práctico es que la aprobación de la Ley No. 1258 ocurre después de que se otorgaran tres concesiones mineras a la empresa Thomas Metal S.A., de capital chino, en el departamento de Río San Juan, dentro de la franja fronteriza, contraviniendo la ley 749, lo cual creaba inestabilidad jurídica e incertidumbre a las posibles inversiones de esa empresa y otras potenciales interesadas y mas perentoriamente, si las exploraciones arrojasen algún hallazgo comercializable. 

  • Nicaragua otorgó en julio 2025 a la empresa china Thomas Metal una nueva concesión de exploración y explotación minera en más de 47 mil hectáreas ubicadas en los municipios de El Castillo, Río San Juan y en Bluefields, Caribe Sur del país. Una buena parte de esas hectáreas están dentro del área protegida de la Reserva de Biosfera de Río San Juan, que sirve como amortiguamiento a la Reserva Biológica Indio Maíz y donde la ley 749 prohibía todo tipo de minería. La concesión faculta la exploración de elementos “metálicos y no metálicos” a diferencia de las concesiones en Nicaragua por décadas a las mineras canadienses obsesionadas por oro y plata.

Thomas Metal S.A. es representada por el empresario chino radicado en Nicaragua, Xiangming Gu, quien también representa a la empresa minera Brother Metal, acumulando casi 170 mil hectáreas concesionadas por Nicaragua para este empresario. Ver detalle en tabla más adelante.

Nicaragua. Detalle y cronología de concesiones mineras: Thomas Metal y Brother Metal
FechaEmpresaLote / RegiónSuperficie (ha)Observaciones 
nov-23Thomas MetalWonderful Gold (Villanueva, Chinandega)1,200.00Primera concesión; tramitada en menos de 2 meses
ene-24Thomas MetalCarambola y Dragón Rojo (Chinandega)9,108.00Zona de amortiguamiento de reserva ecológica
feb-25Brother MetalPolígono 2A (Nueva Segovia)24,612.13Municipios: Dipilto, Macuelizo, Santa María, Somoto
feb-25Brother MetalPolígono 1A (Chinandega)6,960.50Municipios: San Pedro del Norte, Cinco Pinos, Somotillo
mar-25Brother MetalSomotillo y Villanueva (Chinandega)2,300.00Tercera concesión; zona fronteriza
abr-25Brother MetalEl Hormiguero (Siuna, Caribe Norte)25,151.73Región de alta biodiversidad y minería intensiva
abr-25Brother MetalLABU (Siuna, Caribe Norte)45,478.28Concesión más extensa; tramitada en menos de 6 meses
jun-25Thomas MetalCaribe Norte (Siuna y Bonanza)3,921.00Expansión hacia zonas de minería histórica
jul-25Thomas MetalLa Mónica (El Castillo y Bluefields)47,410Dentro de la Reserva Indio Maíz y territorios indígenas Rama-Kriol. Son 1,828.93 hectáreas de Bluefields y 45,581.07 del municipio de El Castillo.
  
Total acumulado por empresaThomas Metal61,639 ha
Brother Metal104,502.64 ha

Las concesiones que violaban la Ley No. 749 por cubrir zonas protegidas, de reservas o de amortiguamiento y de soberanía territorial en este caso de comunidades indígenas mediante la Ley No. 1258 quedan legalizadas retroactivamente bajo el argumento simplista de seguridad., reconfigurando un control estatal pragmático en favor de intereses económicos y geopolíticos. Y la Ley 1258 da un paso adelante prácticamente construyendo una especie de pozo o zanja feudal alrededor del castillo denominado “Nicaragua” donde tierras y bienes quedan, de hecho, nacionalizados.

Hay que reconocer, de todas formas, al margen de esas consideraciones que, probablemente, el ejército tomará un mayor control de áreas donde usualmente operan bandas delincuenciales, tráfico ilegal de personas y bienes varios, restringiendo de esa forma los grados de libertad de sus operaciones.

Otro hecho a mencionar que esta medida así establecida, es de hecho inédita en el mundo y ni siquiera Israel tiene algo parecido.

El margen de los 15 kilómetros, a estimación gruesa, significa que no menos de 30,450 km² del área territorial de Nicaragua quedarían bajo propiedad estatal absoluta según la ley 1258, lo que representa cerca del 23.4% del territorio nacional.

Cálculo ajustado del área de la franja de 15 km=2,030 km×15 km=30,450 km2.